El Juzgado de lo Penal número 3 de Barcelona ha dictado una sentencia en la que califica, para los casos de usurpación de vivienda, como 'fraude de ley' la utilización 'en exclusivo provecho particular el servicio público de la administración de justicia penal, cuando se disponen de otras vías (civil) más ajustadas a derecho'.

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Extracto


El Juzgado de lo Penal número 3 de Barcelona ha dictado una sentencia en la que califica, para los casos de usurpación de vivienda, como 'fraude de ley' la utilización 'en exclusivo provecho particular el servicio público de la administración de justicia penal, cuando se disponen de otras vías (civil) más ajustadas a derecho'.

La sentencia, a la que ha tenido acceso ...

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