La redacción del articulado de la Ley Concursal no aclara si los administradores deben aportar los resguardos o documentos acreditativos de haber efectuado las comunicaciones previstas en su artículo 21.4, no estableciendo una fórmula específica de esta comunicación.

Abogados Mercantil y de la Empresa

Extracto


La redacción del articulado de la Ley Concursal no aclara si los administradores deben aportar los resguardos o documentos acreditativos de haber efectuado las comunicaciones previstas en su artículo 21.4, no estableciendo una fórmula específica de esta comunicación.

Así lo entienden los participantes en la Mesa Redonda que sobre aspectos jurídi...

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