El Tribunal de Justicia de la UE ha dictaminado que la prohibición comunitaria de prácticas colusorias se aplica a un contrato de distribución en exclusiva de carburantes celebrado entre un suministrador y un titular de una estación de servicio, cuando este asume los riesgos vinculados a la venta de productos a terceros.

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El Tribunal de Justicia de la UE ha dictaminado que la prohibición comunitaria de prácticas colusorias se aplica a un contrato de distribución en exclusiva de carburantes celebrado entre un suministrador y un titular de una estación de servicio, cuando este asume los riesgos vinculados a la venta de productos a terceros.

La Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio interpuso un recurso ante la jurisdicción esp...

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