El Tribunal Supremo (TS) ha aplicado el indulto concedido por el Gobierno a Javier Gómez de Liaño respecto a la pena de 15 años de inhabilitación por delito de prevaricación en el caso "Sogecable", pero ha rechazado que esta medida suponga su reintegro inmediato en la carrera judicial, que podrá solicitar transcurridos cinco años.
Actualidad Jurídica vLex › 19 de Enero de 2001
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